Document created: 1 June 04
Air & Space Power Journal - Español
Segundo Trimestre 2004
Capitán de Corbeta John J. Klein, USN
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Comandante del CENTCOM, |
Los vehículos de combate aéreo no tripulados (UCAVs) han asumido una función más importante en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, tal como lo evidencia lo mortífero del vehículo Predator durante las operaciones en Irak, Afganistán y Yemen. A pesar de la potencia de combate que prometen proporcionar los UCAVs, hay factores que limitan su efectividad operativa. Estos factores provienen de la interacción problemática de la implementación del UCAV y la ley del conflicto armado. No obstante, si se entienden estos factores y otros temas pertinentes, se puede arribar a recomendaciones que maximicen la efectividad de combate del avión no tripulado.
Con los avances en la tecnología y el interés por reducir las bajas en las fuerzas amigas, los Vehículos de Combate Aéreo No Tripulados (UCAVs) prometen revolucionar dramáticamente las operaciones de combate. Aunque el único UCAV en el arsenal actual de Estados Unidos es el avión no tripulado, modificado especialmente, Predator—usado conjuntamente por la Fuerza Aérea y la Agencia Central de Inteligencia—se deduce claramente del comentario del presidente Bush que los UCAVs tendrán una función vital en el futuro de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.1 En efecto, el UCAV Predator ha demostrado su efectividad y letalidad de combate durante las operaciones en Irak, Afganistán y Yemen.2 A pesar del anticipado poder de combate que prometen proporcionar los UCAVs, hay condiciones que limitan su efectividad operativa.
Se ilustra este punto mediante la declaración anterior del General Franks, emitida cuando se le preguntó por qué el UCAV Predator no lanzó un misil Hellfire contra un vehículo que transportaba al ulema Omar, el líder Talibán.3 Se dice que la preocupación del General Franks era la legalidad del ataque del Predator según la ley del conflicto armado.4 El General Franks decidió no atacar al líder Talibán, pero ordenó que el Predator destruya vehículos vacíos alrededor de la posición del ulema Omar. Al final, sin embargo, el ulema Omar eludió a las fuerzas estadounidenses y escapó.5
Como se demuestra en el ejemplo anterior, aún no se han refinado los métodos y procedimientos para usar efectivamente los UCAVs. Esto se debe, en parte, al hecho de que la operación de los UCAVs presenta marcadas diferencias con respecto a los aviones tripulados, y estas diferencias dan como resultado consecuencias problemáticas cuando se observa la ley del conflicto armado. Por esta razón, analizaré los asuntos pertinentes relacionados a la ley del conflicto armado y los UCAVs, en un esfuerzo por identificar recomendaciones para los Comandantes Combatientes y sus oficiales, que permitan maximizar la efectividad de combate de los aviones no tripulados.
Se ha definido la ley del conflicto armado como "aquella parte de la ley internacional que reglamenta la conducta de las hostilidades armadas".6 Generalmente abarca la ley de tratados internacionales y la ley internacional usual que regulan los métodos de acciones de guerra y definen quién es un objetivo apropiado. Su intención es asegurar que la acción hostil se dirija contra las fuerzas enemigas, mientras que al mismo tiempo minimiza la miseria humana y la destrucción física innecesarias. La ley del conflicto armado revela consideraciones pertinentes para las operaciones de los UCAVs, especialmente con respecto a quién debe controlar el vehículo y cómo se aplica el poderío de combate.
Combatientes y No combatientes
La ley del conflicto armado distingue entre combatientes y no combatientes.7 El término combatiente se aplica a aquellas personas que según la ley internacional tienen derecho a participar en el conflicto armado. Estas personas incluyen a miembros de las fuerzas armadas regulares (excepto personal médico, capellanes, personal de defensa civil y miembros de las fuerzas armadas que han adquirido la condición de defensa civil) y las fuerzas irregulares bajo un comando responsable, quienes portan sus armas abiertamente y se distinguen de la población civil.8 El término no combatiente se aplica a aquellas personas que no son parte de las fuerzas armadas y que se abstienen de apoyar directamente los actos hostiles. En general, los civiles son considerados no combatientes.9 El término no combatiente incluye oficiales médicos, enfermeros, capellanes, corresponsales civiles de guerra y representantes técnicos. Como sólo los combatientes pueden participar legalmente en forma directa en el conflicto armado, los no combatientes que lo hacen actúan ilegalmente y son considerados combatientes ilegales. Algo muy importante, el personal civil que actúa como combatientes ilegales constituyen un objetivo militar legítimo, pueden ser perseguidos legalmente por sus acciones en tiempo de guerra, y no tienen las mismas protecciones de prisioneros de guerra que los combatientes legales bajo la Convención de Ginebra.
También es importante el principio de selección legal de objetivos, que se basa en tres fundamentos.10 Primero, el derecho del beligerante de herir al enemigo no es ilimitado. Segundo, está prohibido lanzar ataques contra poblaciones civiles. Tercero, se debe hacer distinciones entre combatientes y no combatientes, para evitar en lo posible afectar a los no combatientes. En consecuencia, de acuerdo con la selección legal de objetivos, se deben tomar todas las "precauciones razonables" para asegurar que sólo se selecciona objetivos militares,11 de manera que se evite en lo posible el daño a objetos civiles (daño colateral) o la muerte o lesión de civiles (lesión incidental).12
Necesidad militar
La ley del conflicto armado exige el uso de sólo aquel grado o clase de fuerza necesario para lograr la rendición parcial o completa del enemigo, mientras que se considera la pérdida mínima de tiempo, vidas y recursos físicos.13 Este principio, a menudo denominado necesidad militar, está diseñado para limitar la aplicación de fuerza a lo necesario para lograr los propósitos militares legales. A menudo se interpreta y aplica mal este principio para apoyar la aplicación excesiva e ilegal de fuerza miliar, ya que frecuentemente se invoca la necesidad militar para justificar cualquier logro de misión. Aunque la necesidad militar reconoce que pueden ocurrir daños colaterales y civiles heridos al atacarse un objetivo militar, esto no justifica la destrucción indiscriminada de vidas y propiedad sin proporción a la ventaja militar a obtener.14
Al final, hay que "equilibrar" el logro de misión contra la necesidad militar, junto con la posibilidad de lesiones incidentales y daños colaterales.15 Los planificadores militares aplican esta "prueba de equilibrio" al decidir cuándo y dónde emplear los UCAVs contra el enemigo. Las reglas del combate actúan como "punto de pivote" en este "equilibrio", ya que sirven para guiar las aplicaciones militares de la fuerza, sin dejar de cumplir las disposiciones aplicables de la ley del conflicto armado.
Una idea fundamental que impregna las Reglas de Combate es el derecho inherente a la defensa propia. Este derecho rige durante la paz o la guerra, y se deriva de la ley internacional usual que se remonta al menos 300 años en la historia. Además, está definido en el Artículo 51 de los Estatutos de las Naciones Unidas, que establece que, "Nada . . . deberá perjudicar el derecho inherente a la defensa propia individual o colectiva si ocurre un ataque armado. . . ."16
Para los militares estadounidenses hay dos categorías de reglas de combate: Reglas de combate permanentes y Reglas de combate suplementarias. Las reglas permanentes proporcionan pautas generales para la aplicación de la fuerza durante la paz y la guerra.17 Por otro lado, las reglas suplementarias se emiten específicamente para el logro de objetivos de misión durante hostilidades especificadas u otras operaciones militares.
Reglas de combate permanentes
El Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor dicta las Reglas de combate permanentes en Estados Unidos, reflejando el derecho inherente a la defensa propia. Además, divide la defensa propia en tres categorías. La primera categoría, la defensa propia nacional, se aplica a Estados Unidos, sus fuerzas armadas, y en circunstancias específicas, a los ciudadanos estadounidenses y sus propiedades. La segunda categoría, la defensa propia colectiva, se aplica a las fuerzas designadas como no estadounidenses, a los ciudadanos extranjeros y sus propiedades. La tercera categoría principal es la defensa propia de la unidad y se aplica a un elemento de fuerza estadounidense en particular, incluyendo el personal individual y otras fuerzas estadounidenses en la vecindad.18
Reglas de combate suplementarias
Estas reglas son emitidas para proporcionar pautas específicas para el logro de los objetivos de misión. Por otra parte, generalmente las Reglas de combate suplementarias describen lo que se considera equipo esencial para la misión. Este término se aplica al equipo o la propiedad vital para el logro de los objetivos de la misión, y debido a su importancia, es necesario protegerlo por la fuerza.
El nexo entre la implementación de los UCAVs y la ley del conflicto armado revela consideraciones operativas pertinentes resultantes del nivel y método particular de participación humana. Específicamente, éste es influenciado por la decisión de usar sistemas controlados remotamente, autónomos o semiautónomos.19 Al encarar los diferentes asuntos, se pueden formular recomendaciones, optimizando de esta manera la efectividad de los vehículos no tripulados.
Operadores de UCAV: ¿Combatientes
legales o ilegales?
Aunque los UCAVs no tienen una tripulación tradicional como los aviones tripulados, los sistemas controlados remotamente o semiautónomos requieren personal para controlar el vehículo. Se han producido importantes discusiones con respecto al uso de civiles como operadores de control de vehículos no tripulados; concretamente, los controladores del Departamento de Defensa han sugerido utilizar operadores civiles en lugar de personal militar. Se dice que es más económico adiestrar civiles, ya que el personal militar cambia de misión cada varios años, siendo necesario adiestrar personal de reemplazo.20
A pesar de las ventajas económicas, la idea de utilizar civiles en las operaciones de UCAV pone "nerviosos" a algunos oficiales militares de alto rango.21 Mientras que los miembros uniformados de las fuerzas armadas están incluidos en la definición de combatiente legal, según la ley del conflicto armado un operador civil de UCAV podría ser considerado un combatiente ilegal. En consecuencia, los operadores civiles podrían ser acusados por sus acciones y no tendrían las mismas protecciones de prisionero de guerra que los miembros de las Fuerzas Armadas. Además, el uso generalizado de combatientes ilegales podría tener serias consecuencias—como por ejemplo, nuestro adversario podría llevar a cabo represalias contra el personal civil, sospechando que otros también podrían ser combatientes.
Aplicación de la "Prueba de
equilibrio"
Los UCAVs presentan consideraciones de uso que difieren de aquellas de los aviones tripulados, y esto es evidente al equilibrar el logro de misión y la protección de fuerzas contra las lesiones incidentales y los daños colaterales. Usualmente, los aviones tripulados están sujetos a una restricción de altitud mínima operativa, debido al peligro que sean derribados por el fuego enemigo.
Éste fue el caso en Kosovo, donde las Reglas de combate limitaban el vuelo de los aviones de combate a un mínimo de 4,500 metros sobre el nivel del terreno para evitar el fuego hostil.22 Se produjeron quejas de que esta limitación de altitud mínima impedía con frecuencia cumplir un principio importante de la selección legal de objetivos—identificar positivamente el objetivo enemigo. A menudo, esto fue causa de que las tripulaciones aéreas no arrojaran sus bombas.23 Desafortunadamente en un caso, la tripulación aérea atacó lo que creían que era una columna de tropas enemigas. Trágicamente, en la columna habían refugiados y murieron muchos civiles. Se especuló que si se hubiera permitido que el avión volara a menor altitud, se hubiera identificado correctamente la columna y evitado así la muerte de inocentes.24
Autoridad y responsabilidad en el lanzamiento
de armas
Cuando la tecnología sea lo suficientemente madura para permitir UCAVs puramente autónomos, surgirá el problema de determinar la obligación de rendir cuentas y la responsabilidad. Durante operaciones óptimas de UCAVs autónomos, el avión puede detectar, identificar y atacar objetivos enemigos usando sus sistemas de armas a bordo, sin la intervención directa de personal. La ausencia de intervención humana durante el proceso de lanzamiento de armas resulta problemática al determinar quién será responsable de las violaciones de la ley del conflicto armado.
En una cadena de comando militar, la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas son claras dentro de la estructura de la jerarquía tradicional. En los aviones tripulados, normalmente se considera que las tripulaciones individuales son responsables de elegir correctamente el objetivo y atacar a las fuerzas enemigas. Por lo tanto, si se determinara que una tripulación aérea ha lanzado inapropiadamente sus armas, produciendo lesiones en fuerzas amigas o no combatientes, ésta deberá responder por sus acciones. Un incidente de abril del 2002 ilustra este punto, cuando pilotos de F-16 de la Guardia Aérea Nacional supuestamente bombardearon fuerzas amigas canadienses en Afganistán.25
Si un UCAV autónomo hubiera atacado a las mismas fuerzas canadienses, sería difícil determinar quién es el responsable.26 ¿Recaería la responsabilidad en los programadores que escribieron el software defectuoso de identificación de objetivos, en el oficial de mando del escuadrón de UCAV o en el comandante combatiente?27 ¿O, se considerará responsables a todos colectivamente? Debido a esta ambigüedad, los métodos de empleo de los UCAVs deben asegurar la determinación fácil de responsabilidad.
Sin derecho inherente a la defensa propia
Aunque discutible, se argumenta aquí que la palabra "propia" en defensa propia de la unidad se aplica únicamente a una persona o personas individuales, y no a activos o propiedades físicas. Por lo tanto se presume que los UCAVs no tienen el derecho inherente a la defensa propia establecido por la ley internacional, ya que no son tripulados. Esto causa diferencias importantes en cuanto a cómo pueden responder los UCAVs cuando se les ataca, comparados con los aviones tripulados.
Por ejemplo, los aviones tripulados disfrutan de amplia discreción en cuanto a cómo responder contra el intento o la acción hostil.28 Si un avión tripulado es iluminado y rastreado por un sistema desconocido de radar de misiles superficie-aire durante operaciones en tiempo de paz, la tripulación puede atacar preventivamente el emplazamiento de misiles bajo las estipulaciones de defensa propia individual, ya que se demuestra el intento hostil. Además, si la primera indicación que recibe una tripulación de una batería cercana de superficie-aire es un misil que se dirige hacia su avión, pueden atacar la batería ya que ha ocurrido un acto hostil identificable.
Por otro lado, los dos escenarios anteriores no serían válidos para los UCAVs. Según la ley internacional, la defensa propia no sería justificada ya que ningún individuo está físicamente amenazado.29 Las excepciones serían si el avión no tripulado es considerado propiedad nacional, debido a su capacidad estratégica, o si el vehículo es considerado esencial para el logro de misión.
Se pueden inferir recomendaciones para el empleo de los UCAVs si se entiende plenamente sus limitaciones y las necesidades asociadas para cumplir con las estipulaciones de la ley internacional. Teniendo en cuenta estas recomendaciones, el comandante combatiente y sus oficiales pueden planear efectivamente las operaciones no tripuladas.
Mantener por ahora el hombre en el circuito
Considerando las limitaciones de la tecnología existente, los UCAVs deben emplear sistemas de comando y control dirigidos remotamente o semiautónomos, manteniendo de esta manera al ser humano en el ciclo de identificación y decisión de selección de objetivos. Esto reduce la probabilidad de muertes incidentales y daños colaterales durante las operaciones de combate, y asegura las medidas de responsabilidad tradicional. No obstante, una vez que los sistemas de comando y control demuestren ser precisos y confiables, se deben reconsiderar las operaciones autónomas, aunque con restricciones específicas para su empleo.
Sólo los militares pueden "apretar el gatillo"
Aunque los controladores civiles podrían ser más económicos o proporcionar más ventajas que el personal militar, los civiles que lancen bombas podrían ser considerados combatientes ilegales según la ley del conflicto armado. Tal escenario tendría consecuencias legales, políticas y militares. Por lo tanto, durante las operaciones controladas remotamente o semiautónomas, sólo el personal militar uniformado debería tener autoridad para el lanzamiento de armas desde los UCAVs y realizar la efectiva de lanzarlas.
Limitar las operaciones autónomas letales
Una vez que los avances de la tecnología permitan las operaciones autónomas confiables, surge el problema del mantenimiento de la responsabilidad. Por esta razón, durante las misiones letales autónomas deben considerarse las operaciones de "cuadro de destrucción" para mitigar los problemas de responsabilidad. Durante estas operaciones, se designa un área geográfica—definida por coordenadas tridimensionales específicas—dentro de la cual se puede atacar objetivos enemigos después identificarlos correctamente y delegar la autoridad de lanzamiento.30 Al insertar humanos en las operaciones autónomas, verificando y supervisando de esta manera los procesos de identificación de objetivos y lanzamiento de armas, los UCAVs autónomos aún pueden emplear la fuerza letal y a la vez incorporar medidas de responsabilidad apropiadas.31
En un enfoque posible, un controlador aéreo de avanzada localiza e identifica posiciones enemigas antes de que el UCAV llegue a la escena, asegurando suficiente separación de objetivos entre las fuerzas amigas y enemigas. Cuando el UCAV llega a la escena, se transmite al avión no tripulado los datos de selección de objetivos y la autorización de "libre para disparar", manteniendo de esta manera la autoridad y la responsabilidad en una forma acorde con los sistemas de aviones tripulados. Este enfoque de "cuadro de destrucción" sería apropiado cuando las fuerzas amigas y enemigas se encuentran muy cerca. En un segundo enfoque, personal militar controla y supervisa las soluciones automatizadas de identificación y selección de objetivos del UCAV desde la estación de control, asegurando la corrección y la precisión. Por lo tanto, si pareciera que el UCAV está a punto de atacar un objetivo equivocado, el personal interviene en el proceso, anulando los sistemas automatizados del armamento del avión.32 Esto constituiría efectivamente un arreglo de "comando por negación", y sería apropiado cuando las fuerzas enemigas y amigas no estén muy cerca entre ellas.
Usar armas no letales
Las armas no letales son un equipo natural para los UCAVs autónomos. Estas armas utilizan fuerza no mortal, como la energía de microondas de alta potencia, para degradar equipos o afectar la movilidad de las tropas sin causar lesiones permanentes e irreparables. Las armas no letales tratan de minimizar los casos de daños colaterales y lesiones incidentales en cumplimiento del principio de selección legal de objetivos; por lo tanto, la desventaja más importante de las operaciones de UCAV autónomos—la determinación de la responsabilidad y la asignación de culpa después de un acto ilegal—queda reducida. Por otro lado, al emplear armas no letales, el comandante combatiente tendrá más opciones de lucha de guerra, ya que aún puede aplicar un nivel de fuerza si la necesidad militar no justifica la fuerza letal.
Dar designaciones especiales a los UCAVs
Como los UCAVs son naves no tripuladas, cuando se les dispara no disponen de la misma flexibilidad de acuerdo con el derecho inherente a la defensa propia. Sin embargo, si en el futuro nuestros líderes nacionales y militares determinan que cierto avión no tripulado proporciona capacidades de nivel estratégico, se recomienda designar a tales UCAVs como "activos nacionales", ya que esta designación permitiría ejecutar la defensa propia según los criterios de defensa propia nacional. Aunque esto podría parecer inverosímil considerando el empleo y la tecnología actuales, si los UCAVs desarrollaran, por ejemplo, una capacidad constante de ataque en todo clima y recopilación de señales, con el tiempo podrían alcanzar esta condición.
Independientemente de su valor estratégico futuro, los UCAVs deberían designarse como "equipos esenciales para la misión" en las Reglas de combate suplementarias, para permitir la defensa propia y la defensa por las fuerzas amigas, hasta que el avión se pueda fabricar en cantidades masivas.
Volar más bajo que los aviones tripulados
Como los aviones no tripulados no ponen en riesgo a la tripulación, están sujetos a consideraciones de protección diferentes. Por ejemplo, si se diseñan con una capacidad de identificación y selección de objetivos equivalente a la de los aviones tripulados, en general deberían operar a menores altitudes que éstos para cumplir el principio de selección legal de objetivos. Esta menor altitud aumenta la probabilidad de identificación correcta del objetivo y en consecuencia minimiza el potencial de daño colateral y lesiones incidentales.
Aunque no hay tripulación sujeta a riesgos, y parecería adecuado que los UCAVs vuelen a la menor altitud posible, los planificadores militares deben considerar varios factores para determinar su altitud mínima de operación. Por ejemplo, la vulnerabilidad del vehículo al fuego enemigo y la posibilidad de que sus sistemas de armas caigan en manos enemigas debe ser una consideración de planeamiento. Otra consideración es si el vehículo en realidad constituye un equipo "esencial para la misión", y en consecuencia es demasiado valioso para arriesgar su destrucción.
Los vehículos de combate aéreo no tripulados han demostrado su letalidad durante operaciones de combate recientes, y debido a estos éxitos, las Fuerzas Armadas están aumentando su dependencia en ellos. A pesar del entusiasmo de las Fuerzas Armadas, el nivel de esfuerzo invertido para entender las ventajas y limitaciones inherentes de los UCAVs ha sido inadecuado. Concretamente, se ha dado muy poca atención al impacto de la ley del conflicto armado sobre las operaciones de combate de los UCAVs. Debido a este descuido, es muy importante llevar a cabo un planeamiento más cuidadoso con respecto a la integración de los aviones no tripulados en las operaciones de combate futuras. En particular, los comandantes combatientes y sus oficiales deben prestar atención a las recomendaciones indicadas en este artículo, a fin de maximizar la potencia de combate del UCAV mientras que se mantiene el respeto de la ley internacional.
Si no se entiende y planea con suficiente detalle el empleo del UCAV, se generará indecisión en el campo de batalla, que es cuando el poder de fuego del avión es más necesario, dándole al enemigo la oportunidad de evadir nuestro poderío militar. Sin embargo, si se consideran con anticipación los aspectos pertinentes de su empleo, el Vehículo de Combate Aéreo No Tripulado logrará su pleno potencial, permitiendo que Estados Unidos enfrente con éxito futuros los desafíos a la seguridad nacional.
Notas
1. George W. Bush, discurso en Cita del, 11 de diciembre del 2001. El diseño original del Predator fue modificado para portar el misil aire-tierra con guía láser Hellfire. La Marina no dispone actualmente de un UCAV operativo, pero ha creado una oficina para el programa UCAV que tratará de poner en operación un UCAV dedicado en unos 8 años, tal como se establece en Unmanned Aerial Vehicles Roadmap 2000-2025 (Plan de Vehículos Aéreos No Tripulados 2000-2025) (Washington, DC: Oficina del Secretario de Defensa) 6 de abril del 2001, 18. Adicionalmente, el Ejército y la Infantería de Marina no disponen de programas oficiales de UCAV, aunque se espera que consideren el uso conjunto con la Fuerza Aérea o la Marina. Para obtener más información, consulte Christopher J. Castelli, "Navy Delays Armed Drone Effort, Mulls Teaming With Air Force (La Marina retrasa el esfuerzo del Avión Teledirigido Armado, reflexiona sobre el trabajo en equipo con la Fuerza Aérea)", InsideDefense.com, 9 de septiembre del 2002; descargado de www.insidedefense.com el 18 de diciembre del 2002.
2. Eric Schmidt, "U.S. Would Use Drones to Attack Iraqi Target (Estados Unidos utilizaría aviones teledirigidos para atacar objetivo iraquí)", The New York Times, 6 de noviembre del 2002, 1. El artículo informa que el número total de misiles Hellfire lanzados por el UCAV Predator en Irak y Afganistán fue mayor de 70. En la referencia, Esther Schrader y Henry Weinstein, "U.S. Enters a Legal Gray Zone (Estados Unidos entra en una zona legal gris)", Los Angeles Times, 5 de noviembre del 2002, 1, se informa que un UCAV Predator controlado por la CIA lanzó un Hellfire dando muerte a varios agentes de Al-Qaeda en Yemen.
3. Seymour M. Hersh, "King’s Ransom: How Vulnerable are the Saudi Royals? (Rescate del Rey: ¿Cuán vulnerable es la realeza Saudita?)" The New Yorker, 22 de octubre del 2001, 36.
4. Judith Miller y Eric Schmitt, "A Nation Challenged: The Battle; Ugly Duckling Turns Out to be Formidable in the Air (Una Nación Desafiada: La Batalla; el Patito Feo resulta ser formidable en el aire)", The New York Times, 23 de noviembre del 2001, pág. B-1. Se informa que el general Franks pidió aprobación de los oficiales superiores en Washington antes de atacar al enemigo, ya que era probable que ocurrieran fatalidades civiles.
5. Hersh, 35.
6. Junta de Jefes de Estado Mayor, Diccionario de Términos Militares y Asociados del Departamento de Defensa, publicación conjunta 1-02 (Washington, DC: 23 de marzo de 1994), 215.
7. The Commander’s Handbook on the Law of Naval Operations (El Manual del Comandante sobre la Ley de Operaciones Navales), NWP-14M (Washington DC: Departamento de la Marina, 1995), 5-1.
8. Ibíd., 5-2.
9. Ibíd. Véase también el párrafo 12.7.1 para mayor información.
10. Ibíd., 8-1. Los tres fundamentos vienen del párrafo 8.1.
11. Ibíd. Del párrafo 8.1.1, "Son objetivos militares los combatientes y aquellos objetos que, por su naturaleza, ubicación, propósito o uso, contribuyan efectivamente a la capacidad del enemigo para luchar o sostener la guerra y cuya destrucción, captura o neutralización total o parcial constituirían una ventaja militar definitiva para el atacante bajo las circunstancias en el momento del ataque".
12. Ibíd., 8-1. El Párrafo 8.1.2 establece que, "Los objetos civiles consisten de todas las propiedades y actividades civiles distintas de aquellas usadas para apoyar o sostener la capacidad de combate del enemigo. Se prohíben los ataques de instalaciones tales como diques y represas si su rotura o destrucción podría causar la pérdida de vidas civiles en forma desproporcionada a la ventaja militar que se pudiera lograr. De manera similar, se prohíbe la destrucción intencional de alimentos, cosechas, ganado, agua potable y otros objetos indispensables para la supervivencia de la población civil, con el propósito específico de negarle su uso".
13. Ibíd, 6-5.
14. Ibíd.
15. Ibíd., 8-1 y 8-2.
16. James C. Duncan, "The Commander’s Role in Developing Rules of Engagement (La función del Comandante en el desarrollo de las Reglas de Combate)", Naval War College Review (Verano de 1999), 81. El artículo 51 establece que, "Nada en estos Estatutos perjudicará el derecho inherente a la defensa propia individual o colectiva si ocurre un ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas, hasta que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y seguridad internacional".
17. Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor, Standing Rules of Engagement for US Forces (Reglas de combate permanentes para las fuerzas estadounidenses), Instrucción 3121.01A del CJCSI (Washington, DC: 15 de enero del 2000), 1.
18. Standing Rules of Engagement for US Forces (Reglas de combate permanentes para las Fuerzas Estadounidenses), Adjunto A (Apéndice no clasificado), A-4.
19. Los UCAVs Predator que atacaron objetivos en Irak, Afganistán y Yemen fueron controlados remotamente. Véase Hersh, 35. En este tipo de sistema de comando y control, el avión usa un enlace de comunicaciones con una estación de control con operadores humanos que dirige la trayectoria de vuelo y la operación del vehículo. Además, se transmiten imágenes de los sensores del UCAV a la estación de control, permitiendo que el operador humano localice, identifique y ataque los objetivos enemigos. En el otro lado del espectro tecnológico se encuentra el sistema de comando y control autónomo, que usa la computadora a bordo del avión no tripulado para localizar, identificar, rastrear y atacar expeditivamente los objetivos. Este sistema no usa el control de hombre en el circuito, y la estación receptora sólo se usa para supervisar el sensor a bordo del avión y la información del perfil de vuelo. En los sistemas semiautónomos, ciertas fases de la misión son controladas remotamente, mientras que otras fases las realiza el vehículo independientemente, intentando así combinar las ventajas de las operaciones autónomas y de hombre en el circuito. Por lo tanto, las tareas mundanas y que llevan mucho tiempo, como el mantenimiento de la estación y la búsqueda del enemigo, se logran autónomamente usando los sensores y la computadora a bordo del vehículo. Una vez que se identifica un objetivo potencial, intervienen los elementos humanos decisorios, verificando la identificación del objetivo y las condiciones convenientes para el lanzamiento de armas.
20. Amy Butler, "USAF Vice Chief Cites LOAC Concerns over Civilian UAV Pilots (El sub-jefe de USAF cita asuntos de la Ley del Conflicto Armado sobre los pilotos civiles de UCAV)", Inside the Air Force, 8 de noviembre del 2002, 5.
21. Ibíd. Según la entrevista del 7 de noviembre del 2002, el general Robert Foglesong dijo, "Algo que nos pone un poco nerviosos es la ley de la guerra. Hay que tener cuidado con respecto a que miembros no uniformados, no combatientes, puedan tirar del gatillo sobre algo y destruir algo o matar a alguien".
22. Philip Meilinger, "Precision Aerospace Power, Discrimination, and Future War (Poderío aeroespacial de precisión, discriminación y guerra del futuro)", Aerospace Power Journal, Otoño del 2001, 3.
23. Ibíd.
24. Ibíd.
25. Rowan Scarborough, "Canadians Fired into the Air Before Fatal Friendly Fire (Los canadienses dispararon al aire antes del mortal fuego amistoso)", The Washington Times, 26 de noviembre del 2002, 3. Este artículo informa que la Fuerza Aérea acusó de homicidio sin premeditación a dos pilotos de F-16 de la Guardia Aérea Nacional, de Illinois, por supuestamente bombardear y dar muerte a cuatro soldados canadienses.
26. Anthony J. Lazarski, "Legal Implications of the Uninhabited Combat Air Vehicle (Implicaciones legales de los Vehículos de Combate Aéreo No Tripulados)", Aerospace Power Journal, Verano del 2002, 81. Este artículo establece que potencialmente la responsabilidad puede recaer en la totalidad del equipo de control del UCAV.
27. La teoría de la "responsabilidad del comando" establece que los líderes políticos y militares son legalmente culpables si no hacen "todo lo posible" para evitar que soldados individuales cometan actos aislados en la batalla. Véase la referencia, Loredana Vuoto, "Gen. Franks is Not a War Criminal (El general Franks no es un criminal de guerra)", Washington Times, 8 de mayo del 2003 para leer una discusión reciente.
28. Standing Rules of Engagement for US Forces (Reglas de combate permanentes para las fuerzas estadounidenses), GL-13 y GL-14. Se define un acto hostil como "el ataque u otro uso de la fuerza por un civil, paramilitar o fuerza militar o terrorista, con o sin designación nacional, contra Estados Unidos, las fuerzas estadounidenses, y en ciertas circunstancias, ciudadanos estadounidenses, sus propiedades, activos comerciales estadounidenses y/u otras fuerzas, ciudadanos extranjeros y sus propiedades". Se define el Intento hostil como "la amenaza del uso inminente de fuerza contra Estados Unidos, las fuerzas estadounidenses, y en ciertas circunstancias, ciudadanos estadounidenses, sus propiedades, activos comerciales estadounidenses y/u otras fuerzas, ciudadanos extranjeros y sus propiedades".
29. Ésta es la opinión del autor.
30. Sub-jefe de Personal, Planes y Operaciones, JFACC Primer, (Washington, DC: Fuerza Aérea de Estados Unidos, 1994), 12.
31. Algunos podrán aducir que, de hecho, no se podría considerar este esquema como operaciones autónomas, porque hay participación humana en el proceso.
32. Como este arreglo requeriría un enlace de datos con una estación de control—lo que reduce una de las principales ventajas de los sistemas autónomos—podría ser susceptible a la interferencia enemiga.
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El Capitán de Corbeta John Klein, USN es becado del Programa de Ejecutivos Federales de la Armada en el Brookings Institution en Washington, D.C. Obtuvo su licenciatura en ingeniería aeroespacial de la Georgia Tech University, una maestría en ingeniería aeronáutica de la Escuela de Postgrado de la Armada, y una maestría en seguridad nacional y estudios estratégicos de la Escuela Superior de Guerra de la Armada, donde fue un Becario Mahan. Es piloto de la Armada y egresado de la Escuela de Pilotos de la Armada. Ha escrito varios artículos sobre seguridad nacional, estrategia militar y tácticas. |
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